Expertos alertan sobre Ley de Aguas; nuevo dictamen centraliza el poder y no contempla presupuesto

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Aunque las 50 modificaciones en el nuevo dictamen de la Ley General de Aguas y de reformas a la Ley de Aguas Nacionales corrigen la transmisibilidad de la concesión junto con la tierra, las herencias en procesos sucesorios y la ambigüedad respecto al uso agropecuario, especialistas consultados por El Sabueso señalan que mantiene la centralización en la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y el riesgo de discrecionalidad en el otorgamiento del agua.

Además, Óscar Ocampo, director de Desarrollo Económico del Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO), y José Luis Luege, exdirector de la Conagua entre 2006 y 2012, coinciden en que el verdadero reto para lograr el derecho humano al agua no es una reforma, sino presupuestal.

El presupuesto aprobado de la Conagua disminuyó 43% en el último año, al pasar de 62 mil 674 millones 613 mil 591 pesos (equivalentes a 65 mil 933 millones 693 mil 497 pesos a precios actuales) en 2024 a 37 mil 119 millones 453 mil 861 pesos en 2025, según datos del Paquete Económico y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La Conagua tuvo su mayor presupuesto de la última década en el sexenio de Enrique Peña Nieto, cuando en 2015 contó con 50 mil 563 millones 344 mil 51 pesos (equivalentes a 84 mil 476 millones 398 mil 223 pesos a precios de 2025). En 2023 el presupuesto se acercó a esos niveles, pero ha caído desde entonces.

Ley no contempla el tema presupuestal

La presidenta Claudia Sheinbaum, funcionarios de su gobierno y legisladores de Morena han promovido que el proyecto de nueva Ley General de Aguas y las reformas a la Ley de Aguas Nacionales.

“​​El principal cambio es que el agua deje de verse como una mercancía y se reconozca como un derecho humano, como un bien estratégico para el desarrollo de nuestro país”, aseguró Efraín Morales, director general de la Conagua, en la conferencia matutina del 26 de noviembre.

Reasignación de agua sólo podrá realizarse por Conagua

El nuevo dictamen de la Ley de Aguas mantiene la centralización y el riesgo de discrecionalidad en el otorgamiento de agua por parte de Conagua, según Óscar Ocampo, director de Desarrollo Económico del IMCO.

Actualmente, esa función recae en 13 organismos de cuenca con presencia regional, cuyo ámbito de competencia son las 13 Regiones Hidrológico-Administrativas con las que cuenta México.

“Ahora todo tiene que pasar necesariamente por la Conagua que, en términos prácticos, en términos de gestión, no es necesariamente el camino más eficiente. Y también es muy relevante que actualmente las concesiones las otorgan los organismos de Cuenca, cosa que tiene sentido porque está más cercana a la realidad de esa región; ahora eso se elimina”, asegura el experto.

La centralización del poder en Conagua es otra demanda incluida en el pliego petitorio de los campesinos. Pero los organismos de Cuenca pierden la facultad, el poder de toma de decisiones porque la reasignación de volúmenes de agua sólo podrá realizarse con previo análisis y autorización de la Conagua, lo que limita el entendimiento de las realidades locales.

Es decir, el proyecto de dictamen elimina la transmisión de concesiones entre particulares y crea un esquema de “reasignaciones” controladas. También establece reglas especiales para sucesiones, transmisiones de propiedad y regularización de pozos.

“Los derechos amparados en las concesiones y asignaciones no serán objeto de transmisión”, se lee en el artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales. El mismo artículo establece que “la reasignación de volúmenes sólo podrá realizarse previo análisis y autorización de ‘la Autoridad del Agua’, que emitirá un nuevo título de concesión o asignación, a través de procedimientos expeditos”.

La ley define la reasignación como el procedimiento mediante el cual la autoridad toma volúmenes de un fondo de reserva y los vuelve a concesionar o asignar. Dicho fondo se alimenta de títulos extinguidos, cesiones de volúmenes a favor de la autoridad.

Por su parte, Luege comenta que tiene muchas objeciones sobre la centralización de funciones en la oficina central de la Conagua y manifiesta dudas sobre la reasignación.

Incluso en un comunicado titulado “Cambios para que nada cambie”, Agua para Todos y la Contraloría Nacional Autónoma del Agua proponían reemplazar los Consejos de Cuenca por Consejos ampliamente representativos, con participación ciudadana, como pueblos indígenas, productores agropecuarios familiares, comunidades afectadas por la contaminación, así como investigadores y defensores que participarían en la elaboración y vigilancia de programas hídricos regionales encaminados hacia el acceso equitativo y sustentable al agua.

Se mantienen binomio agua-tierra y derechos para heredar

Con las 50 modificaciones que realizó la Cámara de Diputados, el proyecto de nueva Ley General de Aguas y las reformas a la Ley de Aguas Nacionales replantea cómo se heredan, registran y regularizan los títulos de agua.

“Lo importante es que atienden tres temas clave: uno la separación tierra-agua, eso se corrige y ahora sí se permite ese empaquetado como funciona al día de hoy; segundo tema, muy importante, el de las herencias, o sea, en la propuesta original no se transmitía automáticamente la concesión y ahora te permite heredar; y el tercer cambio es en el tema de agrícola, en el dictamen original no quedaba claro y esto se corrige”, reconoce Ocampo.

El artículo 49 refuerza el llamado “binomio tierra-agua”. O sea, que se “refuerza el traslado de derechos de agua en la transmisión de dominios de tierra, es decir, el binomio tierra-agua; de esta forma, brindamos certeza jurídica a las personas propietarias”.

En el artículo 29 Bis 3, sobre causas de caducidad, establece que la muerte de la persona titular no implica perder el derecho si la sucesión se acredita, otra vez, ante la Conagua.

No obstante, Ocampo y Luege consideran que esto no se traduce en mejoras del  servicio de agua ni tampoco atiende la sobreexplotación.

“El problema de raíz tiene que ver con presupuestos, con medidores, no tiene que ver con prohibir el que de persona a persona se haga una transferencia, una transmisión de derecho”, afirma Ocampo.

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