ANALIZAN REFORMA PARA FORTALECER PROTECCIÓN A VICTIMAS DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS

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ANALIZAN REFORMA PARA FORTALECER PROTECCIÓN A VICTIMAS DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS

Chilpancingo, Gro., 15 de abril de 2025.- Para fortalecer la protección a las víctimas de violaciones a sus derechos humanos, garantizando su reparación integral, el acceso a la información sobre los procesos legales, la mediación, información sobre las investigaciones y que se les tome en cuenta para emitir las recomendaciones, el Congreso del Estado analiza reformas a la Ley de Derechos Humanos del Estado de Guerrero.

Lo anterior, a propuesta de la diputada Araceli Ocampo Manzanares, quien refiere que la función principal de los organismos autónomos de derechos humanos es proteger y promover los derechos de todas las personas, sin distinción alguna, actuando como un observador del ejercicio del poder del Estado, garantizando que las acciones de gobierno se ajusten a los principios de legalidad y respeto a su dignidad.

En la iniciativa que analiza la Comisión legislativa de Derechos Humanos, consideró necesario fortalecer los organismos autónomos, garantizando su independencia y dotarlos de los recursos necesarios para cumplir con su mandato, además de promover una cultura de respeto en la sociedad.

Por eso, propone adiciones y reformas a dicha Ley para incorporar los lineamientos internacionales en materia de los derechos de las víctimas, al establecer que la víctima es toda persona que haya sufrido daños, individual o colectivamente, incluidas lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas económicas, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan una violación de derechos humanos.

Plantea que en cualquier momento y siempre que se trate de presuntas violaciones a derechos humanos, la CDHEG procurará la mediación y conciliación entre las partes, excepto cuando se trate de violaciones graves a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

Asimismo, que una vez presentada y recibida la denuncia o queja de desaparición forzada de una persona, se promoverá o iniciará ante el Ministerio Publico la averiguación previa correspondiente, inmediatamente y sin dilación; si los agentes de la autoridad a los que se atribuyan la desaparición de alguna persona son federales, el visitador general declarará su incompetencia, informará a las personas víctimas y remitirá la queja a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que continúe con la investigación.

También las personas titulares de las visitadurías generales deberán informar a las personas víctimas sobre los avances y resultados de las investigaciones, explicarles los alcances de la determinación del expediente de queja y, en caso de la emisión de una recomendación, recabar su consentimiento para formar parte de esta e informarle sobre su aceptación, seguimiento, ejecución y cumplimiento.

Además, se informará a las víctimas de su papel, el alcance, el desarrollo cronológico y la marcha de las actuaciones, así como de la decisión de sus causas, especialmente cuando se trate de delitos graves y cuando hayan solicitado esa información.

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